Colecta de Material Científico Biológico
El conocimiento de las especies biológicas mediante el estudio científico contribuye a la identificación, la conservación y la puesta en valor y/o el aprovechamiento sustentable de estos recursos biológicos y genéticos pertenecientes al patrimonio provincial y nacional.
Los tratados internacionales sobre la conservación y la protección de los recursos genéticos como el Protocolo de Nagoya de los cuales Argentina es signatario, establecen la necesidad de capturas y/o colectas programadas para el monitoreo de estos recursos. El cumplimiento del protocolo contribuye al compromiso en el ámbito nacional de acceso y distribución de beneficios (ABS) sobre estos recursos.
El CONICET, por este medio, facilita la información disponible sobre la normativa nacional respecto al Convenio de Diversidad Biológica (CDB) y el Protocolo de Nagoya así como la normativa para la solicitud de los permisos de colecta científica en las distintas jurisdicciones provinciales y nacionales.
El Protocolo de Nagoya
Es un acuerdo internacional sobre acceso a los recursos genéticos y la participación justa y equitativa en los beneficios derivados de su utilización, que se inscribe bajo la órbita del Convenio sobre la Diversidad Biológica. Como su nombre lo sugiere, fue adoptado en Nagoya (Japón), en la décima conferencia de las partes del Convenio de Diversidad Biológica.
El Protocolo se propone contribuir a la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica. Se aplica a los recursos genéticos que están cubiertos por el CDB, a los conocimientos tradicionales asociados a los recursos genéticos y a los beneficios derivados de su utilización.
Acceso a los Recursos Genéticos y Participación en los beneficios
Todas las naciones tienen soberanía sobre sus recursos. Son estas las que deciden la modalidad de acceso y de distribución de los beneficios derivados de la utilización de los recursos genéticos entre personas, instituciones o países usuarios y personas, instituciones o países proveedores.
El Protocolo de Nagoya establece un marco legal y se basa en los principios fundamentales de acceso y participación en los beneficios consagrados en el CDB. Estos principios se sustentan en que los posibles usuarios y usuarias de recursos genéticos obtengan el consentimiento fundamentado previo (CFP) del país en que se encuentra el recurso antes de acceder a él, que negocien y acuerden los términos y condiciones del acceso y la utilización del mismo por medio del establecimiento de condiciones mutuamente acordadas (CMA). Este acuerdo incluye la distribución de los beneficios derivados del uso del recurso con el proveedor como un requisito previo para su acceso y utilización.
A su vez, cuando los países actúan como proveedores, deben estipular reglas y procedimientos justos y no arbitrarios para el acceso a sus recursos genéticos. Los beneficios a distribuir pueden ser monetarios, como la participación en las regalías cuando se crea un producto comercial; o no monetarios, en el caso del desarrollo de capacidades para la investigación y el conocimiento, entre otros.
Para que el acceso y la participación en los beneficios se lleven a cabo de manera justa y equitativa, se deberán desarrollar medidas legislativas, administrativas y de política que aseguren las condiciones de acceso y participación.
Innovación del Protocolo
Se obliga a los Estados a establecer “medidas de cumplimiento” que aseguren que los recursos genéticos y conocimientos tradicionales que sean utilizados dentro de su jurisdicción hayan sido accedidos de conformidad con la legislación nacional del país proveedor. Además, los obliga a adoptar medidas para abordar situaciones de incumplimiento.
El instrumento internacional individualiza una medida que siempre deberá adoptarse: la designación de un “punto de verificación” que controle la utilización de recursos genéticos en la propia jurisdicción. La introducción de un certificado internacional de cumplimiento, servirá como prueba y evidencia de que se ha accedido al recurso conforme al consentimiento fundamentado previo y de que se han convenido condiciones mutuamente acordadas con el país proveedor.
Más información
Contacto: colectasbiologicas@conicet.gov.ar
Normas sobre permisos de investigación y acceso a los recursos genéticos por jurisdicción
Buenos Aires
Autoridad competente Ministerio de Asuntos Agrarios - Dirección de Flora y Fauna
Contacto Normativa Catamarca
Autoridad competente Ministerio de Agua, Energía y Medio Ambiente-Secretaría de Medio Ambiente -Dirección Provincial de Biodiversidad y Áreas Naturales Protegidas
Contacto Correo electrónico: biodiversidadctca@gmail.com
Domicilio: C.A.P.E. AV. BELGRANO S/N PABELLON Nº 8, SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA
Teléfono: +54 0383 4437982
Normativa Chaco
Autoridad competente Ministerio de Producción y Desarrollo Económico Sostenible del Chaco - Subsecretaria de Ambiente - Dirección de Áreas Protegidas y Biodiversidad
Contacto Normativa Chubut
Autoridad competente Ministerio de la Producción - Dirección de Flora y Fauna Silvestre / Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable - Subsecretaría de Gestión Ambiental y Desarrollo Sustentable
Contacto Dirección de Flora y Fauna Silvestre
Correo electrónico: dfyfschubut@gmail.com
Domicilio: Luis Costa 238, Rawson
Teléfono: +54 0280 4482 688
Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable
Correo electrónico: gestionambiental@chubut.gov.ar
Domicilio: Hipólito Yrigoyen 40, Rawson
Normativa Córdoba
Autoridad competente Secretaría de Ambiente de Córdoba, Dirección de Jurisdicción de Gestión de Recursos Naturales
Contacto Domicilio: Avenida Richieri 2187 – B° Rogelio Martinez – C.P. 5014 – Córdoba
Teléfono: 0351 4343310 al 15
secretariadeambiente@cba.gov.ar
Más información
Normativa Corrientes
Autoridad competente Ministerio de Turismo - Dirección de Recursos Naturales
Contacto Normativa Entre Ríos
Autoridad competente Ministerio de la Producción - Dirección de Minería, Medio Ambiente y Recursos Naturales
Contacto Normativa Formosa
Autoridad competente Ministerio de la Producción y Ambiente - Programa Biodiversidad, Áreas Protegidas y Cambio Climático
Contacto Normativa Jujuy
Autoridad competente Ministerio de Ambiente - Dirección de Recursos Genéticos y Protección de la Biodiversidad
Contacto Correo electrónico: biodiversidad@jujuy.gov.ar
Domicilio: Avenida República de Siria N° 147, San Salvador
Teléfono: +54 0388 4249261
Normativa La Pampa
Autoridad competente Ministerio de Producción - Dirección de Recursos Naturales
Contacto Normativa La Rioja
Autoridad competente Secretaría de Ambiente - Dirección General de Áreas Protegidas y Biodiversidad
Contacto Domicilio: Hipólito Irigoyen Nº 148, Subsuelo, La Rioja
Teléfono: +54 03822 445 3653 / 3649
Normativa Mendoza
Autoridad competente Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial - Dirección de Recursos Naturales Renovables
Contacto Normativa Misiones
Autoridad competente Instituto Misionero de Biodiversidad (IMiBio)
Contacto Normativa Neuquén
Autoridad competente Ministerio de Turismo - Dirección Provincial de Fauna, A.N.P y Centro de Ecología Aplicada de Neuquén (CEAN)
Contacto Normativa Río Negro
Autoridad competente Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sostenible - Dirección Áreas Naturales Protegidas y Fauna Silvestre
Contacto Domicilio: Colon 275 (8500) Viedma
Teléfono: +54 02920 423 391
Normativa Salta
Autoridad competente Ministerio de Producción, Trabajo y Desarrollo Sustentable - Programa de Biodiversidad
Contacto Domicilio: Santiago del Estero 2245 Torre “B”, Salta
Teléfono: +54 0387 421 8617 Internos 44/47/48/60
http://atencionciudadana.salta.gob.ar/solicitud-de-incorporacion-de-propiedades-privadas-al-sipap/
Normativa San Juan
Autoridad competente Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable - Dirección de Conservación y Áreas Protegidas
Contacto Correo electrónico: dirconservacionyap@sanjuan.gov.ar
Domicilio: Centro Cívico, Cuerpo Central, 3er Piso, Núcleo 4, Av. Grl. San Martin 750 Oeste, San Juan
Teléfono: + 0264 430 6918 / 4305932
Normativa San Luis
Autoridad competente Ministerio de Ambiente, Campo y Producción - Programa Medio Ambiente, Subprograma Biodiversidad
Contacto Correo electrónico: programamedioambientesl@gmail.com
Domicilio: Casa de Gobierno Ecológica “Terrazas del Portezuelo”, Autopista de
las Serranías Puntanas Km 783 – Edificio Capital futuro, Bloque II, Piso 2.
Teléfono: +54 0266 445 2000 interno 3372/3298
Normativa Santa Cruz
Autoridad competente Consejo Agrario Provincial - Dirección General de Recursos Naturales
Contacto Domicilio: Av. Presidente Néstor Kirchner 976- (9400) Río Gallegos- Santa Cruz
Teléfono: +54 02966 442 503
Normativa Santa Fe
Autoridad competente Ministerio de Ambiente de Santa Fe - Subsecretaría de Recursos Naturales
Contacto Normativa Santiago del Estero
Autoridad competente Ministerio de Producción, Recursos Naturales, Forestación y Tierras - Dirección General de Bosques y Fauna
Contacto Domicilio: Independencia 475 (4200) Santiago del Estero
Teléfono: + 54 0385 421 3764 / 421 8391
Normativa Tierra del Fuego
Autoridad competente Secretaría de Ambiente, Desarrollo Sostenible y Cambio Climático - Dirección General de Áreas Protegidas y Biodiversidad
Contacto Normativa Tucumán
Autoridad competente Subsecretaria de Asuntos Agrarios y Alimentos - Dirección de Flora, Fauna Silvestre y Suelos
Contacto Domicilio: Córdoba 1039 (4000) San Miguel de Tucumán
Teléfono: + 54 0381 421 8150 / 421 0749
Normativa
Normativa
Administración de Parque Nacionales: Reglamento 370/22 para la investigación científica
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Recopilación de normas sobre permisos de investigación y acceso a los recursos genéticos por jurisdicción
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